¿Qué es el 'impuesto a la niñera'? ¿Tengo que pagarlo?

El “impuesto a la niñera” puede parecer el título de una comedia de situación mediocre, pero el impuesto del empleador doméstico no es motivo de risa.

Si contrata a alguien para que cuide regularmente a sus hijos en su hogar, debe familiarizarse con el impuesto del empleador doméstico. Es un impuesto federal que a menudo se denomina "impuesto a las niñeras", ya que las niñeras se encuentran entre los tipos de trabajadoras que el IRS considera trabajadoras domésticas.

Si trabaja como niñera, administrar el impuesto a la niñera es responsabilidad de su empleador, no suya. Pero usted sigue siendo responsable de pagar cualquier impuesto que se adeude sobre los ingresos que gana, ya sea que se le considere un empleado o no.

Veamos el impuesto del empleador doméstico, a quién se aplica, cuándo entra en juego y quién es responsable de pagarlo.


  • ¿Qué es el impuesto a la niñera?
  • ¿Tengo que pagar el impuesto de niñera?
  • ¿Cuándo entra en vigor el impuesto a la niñera?
  • ¿Cómo pago el impuesto a la niñera?

¿Qué es el impuesto a la niñera?

Para comprender qué es el impuesto a la niñera, comencemos con esto: la ley generalmente exige a los empleadores que paguen impuestos federales sobre el empleo (y posiblemente ciertos impuestos estatales, municipales y / o del condado) por cada empleado que trabaja para ellos. Los impuestos federales sobre la nómina incluyen el impuesto al Seguro Social, el impuesto al Medicare, el impuesto federal al desempleo y los ingresos federales.

Si contrata a alguien para que trabaje en su hogar, por ejemplo, una niñera, niñera o ama de llaves, el IRS puede considerarlo un empleador y exigirle que pague ciertos impuestos sobre la nómina para ese empleado.

¿Tengo que pagar el impuesto de niñera?

Entonces, ¿quién es su empleada doméstica? ¿El adolescente que te cuida los fines de semana? ¿Una niñera que trabajaba para ti solo unas pocas semanas al año?

¿Soy un empleador doméstico?

Usted es un empleador doméstico si tiene un empleado doméstico, dice el IRS. Si contrata a alguien para que haga el trabajo doméstico en su casa privada y usted controla el trabajo que hace y cómo lo hace, es su empleado doméstico. No importa si el trabajo es a tiempo completo o parcial, cómo le pagas al trabajador (por hora, semanalmente o por trabajo) o si lo contrataste tú mismo oa través de una agencia o asociación.

La designación de empleado doméstico es para algo más que niñeras y niñeras. El IRS dice que los ejemplos de trabajadores que hacen tareas domésticas incluyen ...

  • Mayordomos
  • Cuidadores
  • Cocineros
  • Trabajadores domésticos
  • Conductores
  • Auxiliares de salud
  • Trabajadores de limpieza de casas
  • Amas de casa
  • Sirvientas
  • Enfermeras privadas
  • Niñeras
  • Trabajadores de patio
  • Niñeras

¿Quién no es un empleado doméstico?

No todas las personas que contrate para trabajar para usted en su hogar se considerarán empleadas domésticas. Los dos componentes clave son el control que tienen sobre el trabajo que se realiza y si ese trabajo se realiza en su hogar privado.

Por ejemplo, si contrata a alguien para que cuide a sus hijos pero es en la casa del cuidador o en una guardería, esa persona no sería un empleado doméstico. Del mismo modo, si contrata a un equipo de cuidado del césped para que se ocupe de su jardín y ellos traen sus propias herramientas y también dan servicio a los jardines de sus vecinos, es probable que no sean empleados domésticos.

¿Cuándo entra en vigor el impuesto a la niñera?

Es posible que deba pagar impuestos de niñera si ...

  • Usted paga salarios en efectivo de $ 2,100 o más durante este año fiscal a un empleado doméstico. En ese caso, deberá retener y pagar los impuestos del Seguro Social y Medicare, que son el 15,3% del salario del empleado. Se pueden aplicar requisitos adicionales para empleados individuales a quienes paga más de $ 200,000 en salarios. Dividirá la cantidad en partes iguales, cada uno pagando el 7,65%. Sin embargo, está libre de responsabilidades cuando se trata del dinero que le paga a su cónyuge, a su hijo menor de 21 años, a sus padres oa cualquier persona menor de 18 en cualquier momento del año. En esas situaciones, no tiene que pagar impuestos de Seguro Social y Medicare.
  • Usted paga salarios en efectivo de $ 1,000 o más en cualquier trimestre calendario del año fiscal actual o anterior a todos los empleados domésticos (nuevamente, su cónyuge, padre o hijo menor de 21 años no cuenta). En ese caso, deberá pagar un impuesto federal de desempleo del 6% sobre una parte del salario del empleado. Para saber si debe pagar el impuesto estatal por desempleo, comuníquese con la agencia estatal de impuestos por desempleo.

Es importante tener en cuenta que los impuestos a las niñeras funcionan de manera diferente a los impuestos federales sobre la renta . Como empleador doméstico, no está obligado a retener el impuesto sobre la renta federal de los salarios que paga a su empleado doméstico. Puede hacerlo si tanto usted como su empleado están de acuerdo con la retención de impuestos, en cuyo caso deberán entregarle un Formulario W-4 completo. Si retiene el impuesto sobre la renta federal del salario del empleado, entonces es responsable de pagarlo al IRS.

¿Cómo pago el impuesto a la niñera? 

Como empleador doméstico, es su responsabilidad pagar el impuesto a la niñera si lo debe.

Paso 1: obtenga un EIN

Si el IRS lo considera un empleador, deberá tener un Número de identificación de empleador, o EIN, del IRS antes de presentar cualquier formulario relacionado con su niñera u otro empleado doméstico. En lugar de su número de Seguro Social, utilizará su EIN de nueve dígitos cuando declare su obligación tributaria de niñera. Puede solicitar un EIN en IRS.gov/EIN enviando por fax o por correo el formulario SS-4 al IRS.

Paso 2: Verifique la elegibilidad para trabajar en los EE. UU.

Una vez que tenga un EIN, usted y su niñera deben completar el Formulario I-9 para verificar que son elegibles para trabajar en los EE. UU. Parte de este formulario incluye una lista de documentos que son aceptables como prueba de elegibilidad de empleo en los EE. UU.

Paso 3: emita un formulario W-2

Si le pagó a su empleado doméstico un salario del Seguro Social y Medicare de $ 2,100 o más, o retuvo el impuesto federal sobre la renta del salario de su empleado, tendrá que presentar un W-2 y entregárselo a su empleado antes del 31 de enero del año calendario. siguiente al año fiscal. También deberá enviar una copia del formulario a la Administración del Seguro Social antes de la misma fecha.

Paso 4: Pague su impuesto a la niñera

Para pagar el impuesto a la niñera, deberá adjuntar el Anexo H a su Formulario 1040 cuando presente su propia declaración federal de impuestos sobre la renta. El formulario puede ayudarlo a calcular el total de impuestos sobre la nómina del hogar. Pague la cantidad que adeuda, y cualquier otro impuesto que pueda adeudar, antes de la fecha límite de presentación de impuestos (generalmente el 15 de abril).

Si no desea pagar todo el impuesto de niñera de una sola vez cuando presente su declaración de impuestos, es posible que tenga otras opciones, como realizar pagos de impuestos estimados al IRS durante todo el año.

Tenga en cuenta que los diferentes estados tienen diferentes leyes fiscales estatales, por lo que deberá averiguar cómo su estado requiere que maneje los impuestos del empleador y los impuestos estatales sobre la renta para su empleado doméstico.


Conclusión

Puede obtener más información sobre los impuestos federales del empleador doméstico en la Publicación 926 del IRS .

Cuando pague las obligaciones tributarias de su niñera, podría beneficiarse tanto a usted como a su niñera. Puede evitar meterse en problemas por no hacer lo que el gobierno federal le exige que haga con respecto a los impuestos del empleador. Y está ayudando a su niñera a contribuir al Seguro Social, lo que puede beneficiar a su niñera en el futuro si es elegible para recibir los beneficios del Seguro Social cuando se jubile.


Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Subir