Protección de la propiedad intelectual de su empresa en todo el mundo

Imagine montar su negocio en el extranjero, sólo para descubrir seis meses después que alguien más está vendiendo su producto y que usted es incapaz de evitarlo. Sin proteger su propiedad intelectual (P.I.) cuando negocia en el extranjero, un escenario como éste podría convertirse en una realidad.

Evitar que otros puedan copiar y vender sus invenciones, diseños de productos e ideas, o utilizar su marca comercial, es fundamental para el éxito de su negocio. Si alguien más vende sus ideas como propias, esto puede quitarle su cuota de mercado, poniendo en peligro sus posibilidades de crecer en un nuevo mercado y dañando su reputación como líder de opinión en la industria.

La mayoría de los derechos de propiedad intelectual son territoriales, por lo que incluso si usted ha garantizado sus derechos de propiedad intelectual en su país de origen, por lo general no estarán protegidos en los demás territorios, Afortunadamente, existen métodos que puede utilizar para proteger su propiedad intelectual cuando lleve su negocio al extranjero.

Solicitar patentes internacionales para proteger sus invenciones

Una patente impide que otros fabriquen, vendan o utilicen una invención. Si su negocio se basa en una invención, ya debería tener una patente de su país de origen. Si desea llevar esta invención a los mercados internacionales, tendrá que solicitar nuevas patentes en estos países antes de hacerlo.

Una forma de hacerlo es presentar una patente individual en cada uno de los países en los que planea hacer negocios. Sin embargo, esto sólo es aconsejable si usted está planeando expandirse a unos pocos países, ya que cada solicitud incurrirá en un cargo separado, y tomará tiempo y esfuerzo para completarla.

Si busca protección en Europa, entonces valdría la pena aprovechar el Convenio sobre la Patente Europea (CPE), ya que puede conceder protección de patente a los inventores en 30 países de la UE. Aunque su solicitud sólo se tramitará una vez, se extenderá a patentes separadas en diferentes países una vez que se conceda. Puede solicitar una patente europea en su propio país o directamente a través de la Oficina Europea de Patentes (OEP); puede hacerlo a través del sitio web de la OEP o enviándosela directamente por correo. Vale la pena leer la lista completa de países que cubre el EPC, ya que los países en los que se desea comerciar pueden no estar protegidos por la convención.

Si busca protección fuera de estos 30 países, o fuera de la UE en su totalidad, su invención puede protegerse a través del Tratado de Cooperación en materia de Patentes (PCT). Esto cubre 152 países en todo el mundo. Si reside en Europa, puede solicitar una patente internacional a través de la OEP, pero si no es así, la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) debería ser su primer puerto de escala.

Una solicitud PCT se envía inicialmente como una única solicitud, y la organización que la tramita realizará una búsqueda de patentes para ver si una patente similar a la suya ha sido registrada en otro lugar. Tal y como discute Global Voices, las búsquedas de patentes pueden llevar mucho tiempo, lo que significa que su solicitud se publicará normalmente alrededor de los 18 meses a partir de la fecha de prioridad más temprana. A pesar de ello, son una parte esencial del proceso de solicitud. Una vez completada la solicitud, tendrá que procesarla por separado en cada país en el que desee estar protegido. Si los países en los que desea registrar patentes no están inscritos en el PCT, tendrá que solicitarlo a cada país por separado.

Solicite el uso internacional de su marca comercial

Además de proteger su invención, también querrá asegurarse de que nadie más pueda utilizar su marca comercial. Para proteger su marca fuera de su país de origen, puede solicitarlo a la oficina de marcas de cada país en el que desee obtener protección. Sin embargo, por las mismas razones que para las patentes, esto sólo es aconsejable si necesita utilizar su marca en un pequeño número de países.

No existe una protección general de las marcas europeas, aunque es posible solicitar una marca de la Unión Europea (EUTM) a través de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) para uso exclusivo en todos los países de la UE. Cualquiera puede solicitar una EUTM, pero si no dispone de una oficina en la UE, debe designar a un profesional del derecho o experto en derecho de propiedad intelectual plenamente cualificado para que le represente ante la EUIPO. Puede presentar su candidatura en el sitio web de la EUIPO o descargar una solicitud de su sitio web y enviársela.

Si busca protección fuera de la UE, puede solicitar la protección internacional de marcas en los países que han firmado el acuerdo del "Protocolo de Madrid", que está controlado por la OMPI. Para poder presentar una solicitud internacional, es necesario disponer de una marca registrada en uno de los países miembros de la OMPI, y antes de presentar una solicitud debe comprobarse si los países en los que se necesita protección han suscrito este acuerdo. Puede presentar su solicitud en línea o descargando un formulario de solicitud que puede obtenerse en el sitio Web de la OMPI.

Si usted tiene un EUTM registrado o ha solicitado uno, puede utilizarlo como base para una solicitud de marca internacional. Deberá presentar esta solicitud a través de EUIPO. Si los países en los que desea protección no están firmados en el Protocolo de Madrid, tendrá que solicitar el uso de su marca en cada país por separado.

Registre el diseño de su producto internacionalmente

Si desea proteger la apariencia, la forma física, la decoración y la configuración de un producto en el extranjero, deberá registrar su diseño internacionalmente. Al igual que las patentes y las marcas registradas, usted puede presentar solicitudes por separado a cada país para proteger el diseño de su producto, pero esto tendrá los mismos inconvenientes.

Sin embargo, si está buscando protección en países de la UE y está solicitando desde dentro de la Unión, es posible que no tenga que registrar el diseño de su producto en absoluto. El derecho sobre los dibujos y modelos comunitarios no registrados permite que los dibujos y modelos originarios de todos los países de la UE queden automáticamente protegidos sin necesidad de registrarlos. Esto es siempre y cuando el diseño haya sido divulgado adecuadamente, por ejemplo, a través de una reseña impresa que lleve una fecha, o publicidad masiva. Si desea registrar su dibujo o modelo en la UE, puede hacerlo solicitando un dibujo o modelo comunitario registrado (DCR) a través de la EUIPO.

Para la protección internacional, consulte el Sistema de La Haya para el Registro Internacional de Dibujos y Modelos Industriales. Esto le permitirá solicitar simultáneamente un dibujo o modelo en varios países o territorios a través de una única solicitud. También se envía a la OMPI, ya sea en línea o en papel. Sin embargo, el Sistema de La Haya cubre sólo 67 territorios, por lo que si desea protegerse en países que no forman parte del sistema, tendrá que solicitarlo individualmente.

Crédito de la foto: takomabibelot / Flickr

Compruebe si su trabajo está protegido por derechos de autor

Los derechos de autor impiden que otros copien tu trabajo y lo distribuyan. La mayoría de los países han suscrito convenios internacionales destinados a proteger los derechos de autor en ámbitos como la obra artística original (como la fotografía) y la obra escrita original no literaria (como la creación de programas informáticos o de bases de datos). En consecuencia, sus derechos de autor pueden ser protegidos automáticamente. Estas convenciones incluyen

  • Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas
  • Tratado de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) sobre Interpretaciones o Ejecuciones y Fonogramas (WPPT)
  • Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC)
  • Convención de Roma sobre la protección de los artistas intérpretes o ejecutantes, los productores de fonogramas y los organismos de radiodifusión
  • Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor (WCT)

La OMPI y la OMC (para los ADPIC) tienen una lista de países que pertenecen a los distintos convenios. Si su país de origen está inscrito en un convenio y es relevante para su área de negocio, entonces no tendrá que registrar sus derechos de autor en el extranjero. Antes de solicitar el derecho de autor en el extranjero, debe comprobar si su país ha suscrito cada uno de estos convenios. También hay una serie de directivas de la UE que, en general, protegen la propiedad intelectual y los derechos de autor y que podrían ayudarle si su empresa tiene su sede en la UE. Una lista completa de las directivas se puede encontrar aquí.

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